AYUDAS AL MEDIO RURAL
Hoy se publican en el DOGA las bases de ayudas y subvenciones para fomento de empleo en el medio rural.
http://www.xunta.gal/dog/Publicados/2017/20170908/AnuncioG0424-300817-0009_gl.html
Hoy se publican en el DOGA las bases de ayudas y subvenciones para fomento de empleo en el medio rural.
http://www.xunta.gal/dog/Publicados/2017/20170908/AnuncioG0424-300817-0009_gl.html
De vuelta de vacaciones, estamos para todos nuestros clientes en horario ordinario de mañana y tarde.
Siguiendo con nuestros esfuerzos por teneros informados, en el día de hoy se publica en el DOGA las bases para la concesiónd e subvenciones del programa de instalación de ascensores y otros dispositivos de accesibilidad. Este puede ser un buen momemto para instalar en las comunidades que no lo tienen instalen un sistema de acceso para minusválidos.
Os dejamos el vínculo donde encontrareis los detalles y la información.
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2017/20170904/AnuncioG0423-250817-0001_gl.html
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado este jueves, 6 de julio, ante la consulta planteada por el Tribunal Supremo Alemán, sobre la posibilidad de anular la cláusula que incluyen algunas compañías aéreas para descontar en caso de anulación de la reserva, o de no presentarsenarse al embarque y tomar el vuelo, una cantidad en concepto de gastos de gestión. El tribunal europeo declara en su sentencia, dictada el 6 de julio de 2017 en el asunto C 290/16 Air Berlín plc & Co. Luftverkehrs KG / Bundesverband, que esta cláusula puede ser por abusiva.
En este sentido, se pronuncia acerca de que la, «libertad de fijación de precios», establecida en el del Reglamento nº 1008/2008 sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, no impide ni excluye la aplicación de las normas nacionales de transposición de la Directiva 93/13 / CEE del Consejo el Consejo de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores.
Igualmente ha efectuado pronunciamiento sobre la falta de transparencia de la oferta de precios en internet, que confunde al cliente al no incluir todas las tasas aplicables. El Tribunal Europeo indica que las compañías aéreas deben especificar por separado las cantidades debidas por los clientes por impuestos, tasas de aeropuerto y otros cargos, recargos y otros derechos, ya que de no hacerse así se estará vulnerando el Reglamento relativo a la explotación de servicios aéreos,
Desde ya!, los padres habrán de decicir los apellidos de su hijo y ponerse de acuerdo para inscribirlos en el Registro Civil. La reforma que acaba de entrar en vigor, que tiene como inspiración terminar con cualquier tipo de discriminación, puede ser una fuente de disputas domésticas. Hasta ahora, no había ningún problema en cambiar el orden de los apelidos a la hora de inscribir a los hijos, pero siempre que hubiersa acuerdo entre los padres, y a falta de acuerdo prevalecía como primer apellido el del padre, vinculando el orden de apellidos del primer hijo el de los demas posteriores.
Con la nueva reforma a falta de acuerdo entre los padres, ya no prevalece el apellido paterno, y será un funcionario el que decida el orden de los apellidos, el encargado del registro civil. Eso si, como, pudiendo se objeto de reclamación, con lo que tenemos la disputa servida en bandeja. ¿Que criterio seguirá cada Encargado de Registro Civil para adoptar la decisión? Habrá que esperara ver como se va aplicando esta nueva normativa
Ahora que estamos al inicio del periodo vacacional en conveniente recordar los derechos que nos asisten ante las diversas incidencias que nos pueden ocurrir con las compañías aéreas, relativamente frecuentes por desgracia. De forma esquemática les facilitamos los distintos supuestos con sus derechos:
PÉRDIDA DE EQUIPAJE:
Las pérdidas, retrasos y deterioros de tu equipaje son reclamables.
Las incidencias con equipajes reclamables son:
• Equipaje deteriorado
• Equipaje demorado (si no supera los 21 días)
• Equipaje perdido (cuando supera los 21 días)
En cuanto a la indemnización reclamable, puedes reclamar hasta 1.300 € siempre y cuando puedas justificar el contenido de tu equipaje mediante facturas. Recuerda que para tramitar una reclamación por tu equipaje es imprescindible que tramites previamente el Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.) en el aeropuerto (tienes 7 días para tramitarlo en caso de deterioro y 21 días para retrasos y pérdidas).
RETRASOS: Los vuelos retrasados son reclamables desde el momento en el que superan las 3 horas de retraso respecto a la hora de llegada prevista del vuelo. A partir de este momento, la aerolínea debe, además de informarte, atenderte ofreciéndote bebida y comida suficiente según el tiempo de espera, y el derecho a efectuar dos llamadas telefónicas, enviar mensajes de fax o correos electrónicos. Y en casos de vuelo retrasado al día siguiente, la compañía tiene que ofrecerte alojamiento en un hotel y el transporte entre la ubicación de este hotel y el aeropuerto.
Las indemnizaciones para retrasos de más de 3 horas a las que puedes pretender son las siguientes:
• 250 € (para los vuelos de menos de 1.500 km)
• 400 € (para los vuelos de entre 1.500 y 3.500 km)
• 600€ (para los vuelos de más de 3.500 km)
Además, para los vuelos con retrasos de más de 5 horas, también tienes derecho al reembolso de tu billete y a un vuelo de vuelta a tu punto de partida.
CANCELACIÓN: La indemnización por vuelo cancelado a la que puedes pretender varía según la distancia:
• 250 € (vuelos cancelados que no superen los 1.500 km)
• 400 € (vuelos cancelados comprendidos entre 1.500 y 3.500 km)
• 600 € (vuelos cancelados que superen los 3.500 km)
• Además puedes reclamar daños y perjuicios que sean acreditables
OVERBOOKING:Si te ofreces como voluntario y aceptas no embarcar tienes:
• Derecho de información
• Derecho a los descuentos o compensaciones que te ofrezca la aerolínea
• Derecho a reembolso o transporte alternativo
• Derecho a que la compañía cubra los gastos generados por un traslado a otro aeropuerto en caso de que decidas volar a un aeropuerto distinto
En cuanto a las indemnizaciones por overbooking, se establecen de la misma forma que para cancelaciones:
• 250€ (para vuelos que no superen los 1.500 km)
• 400€ (para vuelos comprendidos entre 1.500 y 3.500 km)
• 600€ (para vuelos que superan los 3.500 km)
• También puedes reclamar posibles daños y perjuicios acreditables
SIEMPRE HAY QUE GUARDAR JUSTIFICANTE DE TODO Y PRESENTAR LAS RECLAMACIONES EN EL MOSTRADOR DE LA COMPAÑÍA
Los tiempo cambian y nuestra máxima es adaptarnos a ellos para dar a nuestros clientes, simpre, un mejor servicio. Por este motivo hemos cambiado nuestra web, con un diseño más moderno, vinculada a todas las redes sociales que maneja el despacho. Confiamos en que esta nueva sección de noticias sea un cauce eficaz para interactuar con nuestros clientes, actuales y potenciales, ofreciendoles información útil, y las últimas noticias que se produzcan en el mundo jurídico que les puedan interesar o afectar.
Agradecemos la confianza depositada en nosotros durante estos viente años de servicio eficiente.